- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 229210
- Autor : garovalo
- Consultas en Foro: 34
- Respuestas en Foro: 23202
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6727
-
: 76 % -
: 23 %
-
AutorRespuesta No: 354594
-
Fecha de respuesta: Sábado 10 de Mayo de 2014 23:18 2014-05-10 23:18 desde IP: 189.234.233.237
1.- el imss... al enterarse de que se le ha dejado de dar... promovera actos de capital constitutivo por todo el termino que el patron dejo de dar... mas la multa y los recargos que pudiera generar esa cantidad... nunca sera valido decir que no tiene... que no puede o que no lo va a hacer... amen de que por ser el numero del imss ... el mismo del infonavit... este tambien procedera en su contra... porque no hay renuncia de prestaciones sociales y estas lo son.... 2.- la relacion laboral... se da entre patron y trabajador... trabajdor y patron... y nunca entre patron y patron o entre trabajador y trabajador... un trabajador... no puede meterse en lo que no le importa... es decir... no debe ser metiche... de este no depende el pago que se le hace a otro trabajador... y solo la patronal puede imponerse... y un trabajador... no puede reclamar al patron... que otro trabajador no trabaja y se le paga por ello... eso no es legalmente de su incumbencia... metiche....
-
Autor





