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  • Consulta : 229207
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 354597

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    desde. el momento en que los reconociste... los convertiste en tu obligacion... pero por ninguna causa el juez ... va a a concederte la guarda y custodia. de menores de 12 años... a ti... la custodia es de la madre... tu solo tienes derecho a convivencias y a dar mension hasta la mayoria de edad. de los hijos.... o hasta que terminen su escuela profesional en el grado de licenciatura.... o se casen... o se junten y tengan hijos... o abanadonen los estudios o mueran....