Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 228957
  • Autor : grobertomp3
  • Consultas en Foro: 1
  • Respuestas en Foro: 265
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6726
  • : 78 %
  • : 21 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 354424

  • grobertomp3
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    El ministerio público se divide en dos partes básicamente para cuestiones prácticas (legalmente el personal se divide en más areas) el turno que es quien recepciona y las mesas de trámite que son quienes se encargan de continuar la denuncia (integran la averiguación) para la devolución se debe acreditar la propiedad, (factura, testigos), luego entonces no es que no quieran devolverla, es que debe acreditarse su propiedad, obviamente en el área respectiva (mesa de tramite), solo hay que preguntar en que mesa se encuentra su averiguación y ahi acreditar la propiedad para su devolución....