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  • Consulta : 228878
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 354346

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No, porque su novia entró en posesión material y jurídica del departamento y no puede ser perturbada en esa posesióin si juicio previo (es una garantía constitucional el que se le mantenga en la posesión), de forma tal que el arrendador, aun cuando acepte con usted dar por vencido anticipadamente el plazo del contrato, para poder sacarla a ella tendrán que demandarla, y dicho juicio podría llevar varios años, si es defendida adecuadamente, mientras tanto, no creo que el arrendador se conforme a esperar que la sentencia que pudiera dictarse cause ejecutoria, sin cobrar las rentas, por lo que usted y su papá tendrán que cubrirlas.