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  • Consulta : 228687
  • Autor : ABOMAU68
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  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si su hermana no procreo hijos durante el matrimonio entonces hereda únicamente el cónyuge. Tal y como lo disponen los siguientes articulos.  
     
    Código Civil para el Estado de México
     
    Cónyuge que concurre con ascendientes 
    Artículo 6.156.- Si el cónyuge concurre con ascendientes, éstos sólo tendrán derecho a alimentos.
     
    Cónyuge heredero único 
    Artículo 6.157.- A falta de descendientes, sólo el cónyuge hereda.