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AutorRespuesta No: 354043
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Fecha de respuesta: Viernes 02 de Mayo de 2014 11:30 2014-05-02 11:30 desde IP: 189.210.253.56
No, no puede hacer ninguna deducción de impuestos, dado que quien lo demanda dejó de ser trabajador de la empresa desde el momento en que fue despedido o concluyó la relacióin laboral; por tanto, el cumplimiento del laudo debe hacer sin ninguna deducción, y obviamente, como en el laudo lo condenan a pagar salarios caídos hasta la fecha en que de cabal cumplimiento a la resolucióin, mientras quede algún remanente, dichos salarios continuarán generándose en beneficio del actor y perjuicio de la empresa.
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