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  • Consulta : 228537
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 354043

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No, no puede hacer ninguna deducción de impuestos, dado que quien lo demanda dejó de ser trabajador de la empresa desde el momento en que fue despedido o concluyó la relacióin laboral; por tanto, el cumplimiento del laudo debe hacer sin ninguna deducción, y obviamente, como en el laudo lo condenan a pagar salarios caídos hasta la fecha en que de cabal cumplimiento a la resolucióin, mientras quede algún remanente, dichos salarios continuarán generándose en beneficio del actor y perjuicio de la empresa.