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AutorRespuesta No: 354015
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Fecha de respuesta: Jueves 01 de Mayo de 2014 14:22 2014-05-01 14:22 desde IP: 201.141.126.78
La única opción que tiene es demandar ante un Juez de Distrito por la vía ordinaria mercantil. Ya no es procedente ni el amparao ni el juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Adminsitrativa. También pudiera acudir a la Profeco,pero eso y nada son lo mismo.
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