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  • Consulta : 228447
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 354015

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    La única opción que tiene es demandar ante un Juez de Distrito por la vía ordinaria mercantil. Ya no es procedente ni el amparao ni el juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Adminsitrativa. También pudiera acudir a la Profeco,pero eso y nada son lo mismo.