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  • Consulta : 228285
  • Autor : rosa isela
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  • Autor
    Respuesta No: 353904

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    su abogado no esta bien informado lo mas q puede hacer es embargarte la casa como garantia de lapension alimenticia de tu menor hijo, es mas ni a tu esposa le corresponderia la propiedad ya q los bienes adquiridos antes de matrimonio no entran en la sociedad conyugal y la otra solo fue tu concubina por lo q no le corresponde nada mas q la pension para el hijo en comun

    a tu hija solo le corresponde de un 10 a un 20% de tu salario como pension alimenticia o bien un salario minimo vigente en la entidad