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AutorRespuesta No: 353844
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Fecha de respuesta: Lunes 28 de Abril de 2014 12:38 2014-04-28 12:38 desde IP: 189.217.122.113
En su caso no la pueden dar de alta como beneficiaria toda vez que ese derecho le pertenece a la esposa, y solo hasta que exista una sentencia de divorcio puede usted generar derechos, si bien es cierto el vivir con una persona y tener hijos con el mismo se puede generar el concubinato, también lo es que la persona con la que vive no sea casado o esté divorciado o viudo, si no es el caso entonces vive en amasiato que es cosa diversa a concubinato, éste último si genera derechos.
Saludos
Lic. Ariel Reyes
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