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Fecha de respuesta: Jueves 24 de Abril de 2014 15:00 2014-04-24 15:00 desde IP: 189.217.115.113
Primeramente tendrías que darte de alta en SHCP en el nuevo regimen de incorporación, para que de los ingresos que percibas pagues tus impuestos correspondientes de ser el caso, ya que hay que disminuir las deducciones autorizadas para saber la útilidad gravable, hay que recordar que éste régimen no paga por el primer año.
Ahora bién, debes de avisar en tu localidad de la venta de tales productos para saber si no tienen alguna restricción para comercializarlos ya que el uso inadecuado puede provocar daños a las personas, y si son de importación contar con el pedimento de importación, para poder demostrar la legal estancia de tales mercancias en el país.
Hay que revisar si no existe alguna regulación que exiga ciertas medidas de seguridad así como de control de inventarios y venta de los mismos, ya que también pueden ser usados no solo para la defensa si no también para agredir a otras personas.
Saludos
Lic. Ariel Reyes
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