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Fecha de respuesta: Martes 22 de Abril de 2014 14:30 2014-04-22 14:30 desde IP: 187.213.233.91
No.
No existe una demanda para tal efecto. Podría realizarse un procedimiento no contencioso que se llame JURISDICCION VOLUNTARIA, y todo esto dependerá de la edad, nombre, domicilio, etc.
Desconozco si en Jalisco se pueda realizar administratevamente la subsanación de este error.
De otro modo, no se trata de un mero formato.. se trata de contratar a un licenciado en Derecho, los hay de todos precios y colores, para que le asesore debidamente, o si no puede pagar, acuda primerante al Registro Civil / Famliar.
Saludos.
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