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Fecha de respuesta: Martes 22 de Abril de 2014 14:01 2014-04-22 14:01 desde IP: 189.166.16.14
Sin reconocimiento no hay obligacion, en este caso primero debes demandar el reconocimiento por parte del Padre, ya sea de manera voluntaria o a traves de la prueba de ADN que tú deberas costear, una vez que se dicta sentencia entonces comienza a correr la obligacion legal de la pension alimenticia, antes de eso, nada.
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