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AutorRespuesta No: 353464
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Fecha de respuesta: Martes 22 de Abril de 2014 23:09 2014-04-22 23:09 desde IP: 201.141.115.14
¿No quiere que le paguen el adeudo? Aquí se dan asesorías nada más, no funciona el hágalo Usted mismo. No procede ningún amparo y sólo puede demandar ante el Juez de Distrito que le corresponda por territorio por la vía ordinaria mercantil.
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