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  • Consulta : 227600
  • Autor : Franco Abogado
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    Respuesta No: 353390

  • Franco Abogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Estimado usuario usted tiene el derecho a llevarse sus articulos personales: ropa, aquellos propios de su actividad u oficio, su coche o aquellos muebles que esten a su nombre. Obligaciones (aunque ya no este en casa) proporcionar una pension a sus hijos, misma que debera ser acorde a sus necesidades o estudios hasta que dejen de estudiar; en cuanto a su conyuge ella debera demostrar la necesidad de recibirlos. Y el hecho de que ud decida separarse del domicilio conyugal no le afecta en el ambito patrimonial ya que cada quien sabe lo que es propieded de cada uno.