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  • Consulta : 227597
  • Autor : raulcadena
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Ante el I.M.S.S., ninguno, simplemente le brindará el servicio médico a que tiene derecho toda asegurada embazarazada.

    La situación es que, evidentemente, la trabajadora, a la fecha en que deba expedírsele la incapacidad prenatal (42 días antes de la fecha probable del parto), no tendrá cotizadas las 30 semanas que exige la Ley del Seguro Social para que tenga derecho al pago del subsidio, por lo que entonces usted deberá pagarle su salario pintegro y respectar el derecho que tiene la trabajadora de disfrutar del período pre y post natal, que son de 6 semanas cada uno.