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  • Consulta : 227569
  • Autor : rosa isela
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  • Autor
    Respuesta No: 353355

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si los hijos los tienes tu entonces no tienes porq seguir manteniendolo y puedes separatea la hr q gustes al momento de hacerlo demnda la guarda y custodia de lo menores a tu favor, demanda pension alimenticia en caso de q pase tres meses una vez q ya estes fuera de la casa podras demandarlo via penal por el incumplimiento de las obligciones alimentarias y demandar la perdida de la patria potestad asi el sr no tendr nngun derecho para con lo mneores pero si la obligacion de pension alimenticia y no te apures el sr no te puede pedir pension alimenticia para el ya q tu seras quien tenga a los nios

    busca a un abogado de tu confianza para los tramites