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Fecha de respuesta: Domingo 20 de Abril de 2014 14:21 2014-04-20 14:21 desde IP: 189.228.42.136
Hola: Por regla General esa es una apreciacion de que en el primer citatorio no se habla de apercibimientos lo cual es falso y maxime cuando usted ha dicho que fue emitido por el Juzgado Segundo Penal, al respecto le comento, usted debe acudir a ese citatorio, quizas el primero el personal del juzgado no considere grave la inasistencia, pero un segundo citatorio si, y sobre todo porque es muy problable que en su persona se desahogue una ampliacion de declaracion derivada de la denuncia del robo de su celular, por ello si debe checar de nueva cuenta la averiguacion previa...el abogado que la representa es el mp adscrito al juzgado, hable con el y si aun asi no esta comoda, busque asistencia legal, para que le orienten y salga sin problemas adelante.... suerte.
LIC. ESTRADA email: despachoestrada arroba hottmail
cel. 55 43442775 Asesoria en linea atraves de what sapp
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