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  • Consulta : 227274
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 353056

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    No puede ir a la cárcel porque el delito de adulterio ya está derogado. Pero tampoco existe concubinato alguno ya que si no se disolvió el vínculo matrimonial Usted sólo ha vivido en amasiato y no ha generado derecho alguno. Usted debe registra a la menor de inmediato aún como madre soltera y posteriormente demandar al padre biológico el reconocimiento de paternidad con prueba de ADN y con ello el pago de sus obligaciones alimentarias.