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  • Consulta : 227003
  • Autor : Ariel Raul
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  • Autor
    Respuesta No: 352892

  • Ariel Raul
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Hay que recordar que el Salario se encuentra integrado por varios conceptos, si estos cumplen con lo requisitos previstos en la Ley del Seguro Social no integran en salario para cotizar como es el caso del premio de puntualidad, el fondo de ahorro, la PTU, los uniformes, los vales de despensa, etc., en consecuencia no quiere decir que la tienen registrada con un salario menor.

    Ahora bien, hay que recordar que con la reforma del 30 de noviembre de 2012, se estableció como causal de despido injustificado el dar de baja a una embarazada, padría tener tal presunción si se encontrará apenas en el segundo mes de gestación, pero si se encuentra en el quinto o más como dice el Abogado en sus comentarios está el patrón previendo cubrir la incapacidad por maternidad, hay que recordar que hay contratos por tiempo determinado como sería su caso para cubrir una incapacidad, por lo que no debe de preocuparse anticipadamente si no hasta que suceda el hecho de que la den de baja, que lo mismo puede pasar que no la den de baja.

    Saludos

    Lic. Ariel Reyes