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AutorRespuesta No: 352743
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Fecha de respuesta: Miércoles 09 de Abril de 2014 12:23 2014-04-09 12:23 desde IP: 189.210.253.56
Considerando que las repreguntas a los testigos presentados por la contraria, deben guardar estrecha relación, tanto con lo declarado como con los hechos materia del pleito contenidos en la pregunta directa, no puede especular sobre cuáles hacer, hasta que no se encuentre en la audiencia y conozca fehacientemente, el interrogatorio al tenor del cual sean examinados los atestes.
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