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Fecha de respuesta: Martes 08 de Abril de 2014 17:46 2014-04-08 17:46 desde IP: 201.124.10.247
Hola consultante, en efecto acuda a comparecer, si no tiene abogado hagale del conocimiento al agente del ministerio público a efecto de que le designen uno de oficio, pero de ninguna manera comparezca solo, ahora usted se enterara de la i m p u t a c i ó n que hay en su contra, que elementos de prueba presenta la otra persona y en base a ello se debera valorar una estrategia (reservarse, declarar, negar, etc...), sin embargo si es importante que se haga de los servicios ya sea de abogado de oficio o particular!!! este tipo de asuntos en su 90% estan condenados a que se manden a RESERVA! saludos
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