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  • Consulta : 226381
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 351575

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Debe Usted demandar ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo de su Estado, la nulidad del acto administrativo así como la devolución del pago de lo indebido por lo que hace al cobro de la grua que no se utilizó. Pero verifique la fecha ya que si fue el primero de marzó como lo señala, está prescrito cualquier medio de defensa.