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  • Consulta : 226318
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 351625

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    revisa el articulo 163 de la ley de sociedades mercantiles... porque... si no es con esas condiciones... no puedes reclamar nada...