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  • Consulta : 226113
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 350634

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    So usted está poseyendo como invasor esa propiedad, incurrió en el delito de despojo, por lo que el actuarl propietario, inclusive sin entregar el inmueble en dación de pago, puede presentar la denuncia ante el agente del Ministerio Público e integrada la carpeta de investigación, consignada al Juez en turno, éste librará orden de aprehensión y no solamente lo van a sacar de esa casa, sino que lo van a mandar a otra en la que también, sin cargo para usted, disfrutará de techo, comida y vestido en el centro de readaptación social.

    La circunstancia que el propietario de la finca la haya tenido desocupada, no le daba derecho a used a entrar en posesión del inmueble; por tanto, lo más recomendable es que la desaloje a la mayor brevedad y se evite problemas legales serios.