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  • Consulta : 225859
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 349049

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    tu notario publico... sabe que hacer... debes convocar a una asamblea extraordinaria... con el quórum que marca la ley.... si este no se da... debes levantar la acta y con ella iniciar la acción mercantil de rendición de cuentas... tu abogado y tu notario... saben que hacer....