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  • Consulta : 225603
  • Autor : ulloa88
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  • Autor
    Respuesta No: 348301

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    puede usted presionar en materia PENAL pues al ya tener una sentencia de un Juez (en este caso un conveniuo elevado a la categoria de cosa juzgada) se tipifica el delito de abandono de personas y resistencia de particulares

    Tambien puede usted en ejecución de sentencia, solicitar el embargo de bienes que garanticen las cantidades pactadas y no pagadas (una camioneta, una casa, los contenidos en ella, etc etc)  y como los alimentos se actualizan momento a momento quiza como la abogada que antecede lo señala las medidas de apremio y solicite el embargo del salario (si es que trabaja y si no apoyese en una denuncia penal tambien)

    Saludos