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Fecha de respuesta: Miércoles 26 de Marzo de 2014 10:45 2014-03-26 10:45 desde IP: 189.163.214.147
Hola buen dia.
Dependerá del Estado donde usted se haya casado. Si lo hizo en DF y ahi vive puede acudir ante el registro civil a llevar a cabo el DIVORCIO ADMINISTRATIVO toda vez que no hay hijos de por medio pero requerirá la comparecencia de éste.
El otro es el llamado DIVORCIO INCAUSADO donde como su nombre lo dice, no hace falta tener una causa para solicitarlo, basta la voluntad y el deseo de uno de los conyuges.
Si se caso o vive en otro Estado, entonces dependerá si quiere hacerlo por MUTUO consentimiento (Requiere el consentimiento de el otro conyuge) necesita esperar UN AÑO como arriba señalan....perooooo si lo tramita como DIVORCIO NECESARIO fundando su demanda en alguna de las causales enumeradas en el codigo NO NECESITA ESPERAR NADA (Salvo que escoja la fraccion VIII o la XVIII en cuyo caso si necesita esperar 6 meses o 2 años respectivamente)
Puede usted escojer alguna de las otras causales por ejemplo malos tratos y al no estar el señor le emplaza por edictos y puede hacerlo HOY MISMO
saludos
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