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AutorRespuesta No: 347796
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Fecha de respuesta: Lunes 24 de Marzo de 2014 16:13 2014-03-24 16:13 desde IP: 187.202.87.183
Se llama servidumbre, lo que hay que hacer es demandarlos para que se constituya legalmente dicha servidumbre de paso. Saludos.
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