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  • Consulta : 225248
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 347356

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Como lo señala la Licenciada Rosa Isela, a quien le envío un cordial salud, la relación que usted sostiene con el padre de su hijo no crea ninguna consecuencia legal, pues sólo se trata de un amasiato (usted y él, solamente son amantes), por tanto, ni tiene derecho a alimentos, ni a ayuda y apoyo por parte de él, ni a heredar, salvo que la designe heredera por testamento, ni a indemnización en caso de separación.

    Solamente su hijo tiene los derechos de la relación paterno-filial, pues en nada los restringe que haga sudo procreado fuera de matrimonio, por tanto, tiene deecho a la filiación, a la convivencia con su padre, a recibir alimentos, ser formado y educado hasta que adquiera un oficio o profesión acordes a su edad y circunstancias personales, a heredar, tanto por testamento como intestamentariamente, es decir, tiene exactamente los mismos derechos que los hijos que él tenga con su esposa.