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  • Consulta : 225122
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 346923

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No, es incorrecta esa interpretación.

    Considerando que las vacaciones son un derecho en favor de los trabajadores consignado en la Ley Federal del Trabajo, que les permite la recuperación de las fuerzas perdidas durante la prestación del servicio durante el transcurso de un año, es obligación del patrón pagar el salario que correspopnde a esos días de descanso que, para todos los efectos legales, se consideran como días efectivamente laborados; por tanto, también se genera el derecho a percibir el séptimo día de descanso.

    Precisamente por considerarse dichos días de descanso como laborados, es por lo que se genera el derecho del trabajador a percibir el salario, aunque el patrón no reciba el servicio para el cual lo contrató.