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  • Consulta : 224903
  • Autor : ulloa88
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  • Autor
    Respuesta No: 348367

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola YO SI SOY ABOGADO por lo que haga caso omiso de lo anteriormente expresado por la persona lo cual es una barbaridad.

    Para evitar futuros problemas LEGALES de indole penal por la comision de los delitos contra la filiacion de las personas le sugiero lo siguiente.

    1.- Registra al bebe la madre biologica 

    2.- Ustedes inician un juicio de adopcion plena 

    3.- Usted obtendrá un acta donde aparezca su esposa y usted como padres del menor y no se hara señalamiento alguno de que se trata de una adopcion.

     

    Un reconocimiento NO PODRIA porque en el acta apareceria usted como PADRE Y COMO ABUELO del menor... osea su hija como madre de ese bebe y usted como padre... como si la hubiere embarazado usted a su hijastra pues...

    Mejor asi... y mata dos pajaros de un tiro.. evita que en las actas aparezca usted como padre y abuelo al mismo tiempo y segundo si algun dia apareciere el padre biologico de esa bebe ... (si se hiciere solo por reconocimiento) podria demandar la controversia de paternidad y al quedar claros que el es el padre ... a usted lo borran. En adopcion plena NO SUCEDERIA ELLO

    Saludos