- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 224749
- Autor : raulcadena
- Consultas en Foro: 3
- Respuestas en Foro: 6188
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6890
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 345952
-
Fecha de respuesta: Lunes 17 de Marzo de 2014 21:11 2014-03-17 21:11 desde IP: 189.210.253.56
Evidentemente tendrá que pagar a su abogado los honorarios, pues la decisión de aceptar la reinstalación es de usted, no de él, y de esa forma, en lugar de obtener el pago de la indemnización constitucional, prima de antigüedad y demás prestaciones demandadas, se reincorporará a su centro de trabajo.
En caso, el porcentaje convenido es sobre el monto de las prestaciones que se demandaron.
-
Autor





