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AutorRespuesta No: 345864
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Fecha de respuesta: Lunes 17 de Marzo de 2014 13:26 2014-03-17 13:26 desde IP: 189.210.253.56
Si el Juez determinó a cargo del padre de sus hijos una pensión alimenticia desde hace 7 años, es decir, 84 meses, de los cuales solamente en 7 la ha satisfecho, esa situación no es solamente responsabilidad de deudor alimentario, sino también suya, pues desde el primer mes que dejó de pagarla, usted debió promover la ejecución de la sentencia, a fin de que se procediera a embargarle bienes para pagar las adeudas y garantizar las subsecuentes.
Asístase de un abogado especialista en Derecho Familiar, a fin de que, sin demorar más tiempo, promueva la ejecución de la sentencia y presente el incidente de liquidación de pensiones adeudadas; él le indicará si se cumplen los requisitos y condiciones para demandar la pérdida de la patria potestad, y en todo caso, la presentación de la querella en contra del padre por la probable comisión en el delito de incumplimiento de las obligaciones familiares y alimentarias.
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