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AutorRespuesta No: 345861
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Fecha de respuesta: Lunes 17 de Marzo de 2014 13:09 2014-03-17 13:09 desde IP: 189.210.253.56
El aviso indubitable que el arrendador debe entregar al arrendatario, no es en la forma que le convenga a usted, ya que sin importar si la renta es poca o mucha, debe sujetarse a las formalidades expresamente señaladas en el Código Civil.
Si considera que los honorarios del Notario que haga la notificación son elevados, entonces contrate a un Abogado Especialista en Derecho Civil, para que promueva las diligencias de notificación, a fin de que sea un Juzgado quien haga saber al inquilino su decisión de no prorrogar el contrato.
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