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  • Consulta : 224705
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 345861

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    El aviso indubitable que el arrendador debe entregar al arrendatario, no es en la forma que le convenga a usted, ya que sin importar si la renta es poca o mucha, debe sujetarse a las formalidades expresamente señaladas en el Código Civil.

    Si considera que los honorarios del Notario que haga la notificación son elevados, entonces contrate a un Abogado Especialista en Derecho Civil, para que promueva las diligencias de notificación, a fin de que sea un Juzgado quien haga saber al inquilino su decisión de no prorrogar el contrato.