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  • Consulta : 224702
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 345854

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Primero espere a que nazca el hijo que espera y que el padre lo reconozca como su hijo, ya que si no lo reconoce, no tendrá ni el ejericicio de la patria potestad ni derecho a las convivencias con el niño, pero tampoco obligación de darle alimentos.