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Fecha de respuesta: Martes 11 de Marzo de 2014 18:44 2014-03-11 18:44 desde IP: 189.210.253.56
Isengard, dsi existe un buró laboral, a pesar de que expresamente la Ley Federal del Trabajo prohibe que los patrones pongan emn el índice a los trabajadores que dejan de prestar sus servicios, y ´revé multas de hasta 5000 días de salario mínimo a quienes se acredite que lo hacen.
Pero ello no intimida a muchas empresas, sobre todo a las grandes, como tampoco los detiene que tengan que pagar altas cuotas al buró laboral por la información de trabajadores conflictvios.
Sin embargo, no es un gran número de empresas el que recaba informacióin de dicho buró, considerando que las cuotas de registro e información son bastante elevadas.
Por otra parte, la información del Instituto Mexicano del Seguro Social relativa a los movimientos afiliatorios, es total y absoluntamente confidencial, de forma que estás en un error al señalar que un entrevistador puede tener acceso a ese historial y base de datos, ya que solamente rinden informes a autoridades formal o materialmente jurisdiccionales, y a condición que los datos solicitados correspondan a alguna de las partes del juicio, amen de exigir otros requisitos para individualizar la información, considerando que existe una gran cantidad de homónimos registrados.
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