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Fecha de respuesta: Viernes 09 de Enero de 2015 17:37 2015-01-09 17:37 desde IP: 200.38.89.6
Hola Buenas tardes, si solamentes estas tributando en el Régimen de sueldos y salarios la presentación de las Declaraciones anuales le corresponde a tu empresa, si es que no te encuentras obligado a presentar declaración en los supuestos que establece el articulo 98 fracción III de la ley del ISR vigente (que los supuestos son los mismo para los años anteriores) en otras palabras la obligación la tiene la empresa y tu debiste de haber solicitado por escrito a tu patron que presentarias la declaración anual, si no lo hiciste es poco probable mas no del todo imposible que proceda la devolución por las causas explicadas anteriormente, adicionalmente te comento que los saldos a favor asi como los creditos fiscales y obligaciones prescriben a los 5 años, por lo que solamente podrias intentar solicitar la devolución de los ultimos 5 ejercicios, aunque es probable que te las rechacen, sin embargo si deseas presentar tu solicitud de devolución pongo a disposicion mis servicios como Abogado y Asesor Fiscal para que la realices, de igual forma te envio un cordial saludo.
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