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  • Consulta : 223568
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 342961

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Que parte del Laudo en que se condenó solidaria y mancomunadamente tanto al padre hoy finado y al hijo aún vivo no HA ENTENDIDO USTED. Ya se dictó laudo y se condenó a los cordemandado FISICOS. Todo lo demás que está sólo en su imaginación, discútalo con su imaginación.  A lo que guarda silencio para su única convenencia es en cuanto al amparo. ¿El codemandado físico vivo no puede demandar el amparo si no denuncia primero la sucesión de su padre muerto también codemandado físico?

    ¿