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  • Consulta : 223568
  • Autor : Primus Tribunus
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  • Autor
    Respuesta No: 342842

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Lic. Alberto Ochoa:

    Pues entonces le faltó a usted aclararle al consultante que el juiciode amparo lo debe promover el albacea de la suceción del padre muerto, y que simplemente la elaboración de la demanda y radicación de la misma se llevará una semana y que, para cuando dentro de mes y medio (si se apuran y el juez actúa como diablo) citen a la audiencia de designación de albacea, ya habrá pasado tanto tiempo que la demanda de amparo será extemporánea y será desechada.

    Claro está que usted entendió esta cuestión desde antes de formular su primordial contestación, por lo que es de extrañar que dejó de explicarlo al consultante, aunque seguramente usted omitió esta cuestión porque consideró que el consultante tiene tanta capacidad de entendimiento que es innecesario que usted se lo explique.

    También y desde luego,es de considerarse que usted consideró innecesario explicarle al consultante que existe una figura del derecho laboral denominada  "patrón substituto" así como se abstuvo de explicar los motivos por los cuales "quien resulte ser patrón, propietario o responsable del centro y fuente de trabajo que tiene domicilio en..." debe considerarse que carece de responsabilidad.

    Pero bueno...

    ...continúe usted respondiendo consultas en las que se carece de la información necesaria, al fin y al cabo que siempre puede quedar excusado diciendo que "asesoró malamente porque no sabía que...", lo malo es que esta frase es frequentemente usada por los malos abogados.

    Buenas tardes.