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Fecha de respuesta: Lunes 03 de Marzo de 2014 13:10 2014-03-03 13:10 desde IP: 189.166.219.230
No necesitas una jurisprudencia, el mismo codigo civil de tu localidad explica los motivos por los cuales se da por terminada dicha obligacion, basta con que consigas el acta de matrimonio en el registro civil y realices una promocion dentro del expediente principal.
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