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  • Consulta : 223306
  • Autor : Lic. Manuel Vega
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  • Autor
    Respuesta No: 342533

  • Lic. Manuel Vega
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Con respeto, la respuesta anterior no es correcta. La ex conyuge no es heredero forzoso; esto no existe en nuestro medio jurídico (al menos en el DF de donde es la consulta)  salvo por el caso del hijo póstumo.

    Si algo corresponde a la ex-conyuge será precisamente derivado del régimen patrimonial de su matrimonio, pero en ningun caso como "heredero forzoso".

    Ahora bien, hay que revisar en que año adquirió el inmueble, pues aun cuando no ase haya divorciado,los efectos patrimonales de la sociedad conyugal pudieron quedar suspenidos por el abandono que usted comenta.