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  • Consulta : 223017
  • Autor : ulloa88
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  • Autor
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  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola buen dia.

    Cierto lo que dice el buen colega Raul (Saludos) con la salvedad que USTED no esta obligada a demandar el reconocimiento de paternidad como ahi se sostiene. 

    Si usted quiere pelear alimentos o la mera filiación forzosamente tendrá que hacerlo... si no pues solo registra usted como madre soltera y asunto arreglado. El menor no llevara sus apellidos pero tampoco podra legalmente reclamarle nada al padre porque juridicamente NO LO ES o no esta reconocido asi en el acta. 

    El no demandarle la paternidad a ese sujeto a usted no le compromete en absolutamente nada... si él quiere hacerlo la demandará a usted o bien usted le demandará a él si sus pretenciones son pedirle alguna pension economica o reitero solo que lleve sus apellidos pero si a ninguno de los dos les interesa ello... pues NO PASA NADA si lo registra como madre soltera y solo lleve el menor sus apellidos. 

    Si usted no demanda ahora esa paternidad NO PASA NADA... el menor cuando tenga su mayoria de edad podrá pelearla y exigirsela al padre biologico y en efecto como señala el colega que antecede quiza podrá recriminarle el porque usted no lo hizo pero quiza no.... o bien mantener al tanto al menor de las razones por las cuales usted no le demanda la paternidad y asi cuando éste cumpla su mayoria si le interesa... demandará dicha paternidad sin reclamo alguno hacia usted.

    Saludos