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Fecha de respuesta: Jueves 27 de Febrero de 2014 11:36 2014-02-27 11:36 desde IP: 189.163.247.69
Hola buen dia.
Cierto lo que dice el buen colega Raul (Saludos) con la salvedad que USTED no esta obligada a demandar el reconocimiento de paternidad como ahi se sostiene.
Si usted quiere pelear alimentos o la mera filiación forzosamente tendrá que hacerlo... si no pues solo registra usted como madre soltera y asunto arreglado. El menor no llevara sus apellidos pero tampoco podra legalmente reclamarle nada al padre porque juridicamente NO LO ES o no esta reconocido asi en el acta.
El no demandarle la paternidad a ese sujeto a usted no le compromete en absolutamente nada... si él quiere hacerlo la demandará a usted o bien usted le demandará a él si sus pretenciones son pedirle alguna pension economica o reitero solo que lleve sus apellidos pero si a ninguno de los dos les interesa ello... pues NO PASA NADA si lo registra como madre soltera y solo lleve el menor sus apellidos.
Si usted no demanda ahora esa paternidad NO PASA NADA... el menor cuando tenga su mayoria de edad podrá pelearla y exigirsela al padre biologico y en efecto como señala el colega que antecede quiza podrá recriminarle el porque usted no lo hizo pero quiza no.... o bien mantener al tanto al menor de las razones por las cuales usted no le demanda la paternidad y asi cuando éste cumpla su mayoria si le interesa... demandará dicha paternidad sin reclamo alguno hacia usted.
Saludos
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