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  • Consulta : 222961
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 341836

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Mientras el albacea de 70 años no sea declarado en estado de interdicción, no hay impedimento para ser albacea de una sucesión. Pero de lo narrado no creo que ese sea el problema real ya que todo albacea debe garantizar su administración y rendir cuentas, sino el hecho de que su madre como heredera universal modificó su testamento para nombrar a la hermana incómoda como heredera universal. En ese sentido ni albacea es necesario, ya que si efectivamente su hermana incómoda es la heredera universal según el último testamento de su madre de 95 años, si el notario señala que para él goza de todas sus facultades mentales, ese testamento es váilido. Su hermana la menor, no es menor de edad por lo que nada podrá reclamar en su momento. Si su madre vive, mejor póngase en acción y llevela a otro notario para realice un nuevo testamento en donde deje a su hermana la menor como heredera universal y sea ella mima su albacea. Pero muévase.