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  • Consulta : 222564
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 341295

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    la patria potestad... la tienes desde que tu hijo nació... la guarda y custodia... la tienes de hecho... y es la que debes. promover para que lo sea de derecho... el padre ...puede perder la patria potestad... por el hecho de haber dejado de ministrar alimentos por mas de 90 días... pero la recupera si paga ese termino... en efectivo... ningún padre... quiere y menos puede... estar 24 horas con sus hijos... si trabajas... es por tu hijo... y eso no implica que puedas perder la guarda y custodia... tu abogado sabe que hacer...