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  • Consulta : 222564
  • Autor : rosa isela
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  • Autor
    Respuesta No: 341293

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    la patria potestad ya la tiene lo q ud ha de querer es la guarda y custodia, lo q tiene q hacer es demandar la perdida de la patria potestad y la pensin alimenticia, toda vez q aunq el sr pierda la patria potestad tiene la obligacion de seguir pasando pension alimenticia