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Fecha de respuesta: Lunes 24 de Febrero de 2014 00:25 2014-02-24 00:25 desde IP: 201.141.112.241
Tenga mucho cuidado con los coyotes. Usted no puede demandar nada ni a nadie sin antes se nombre albacea de la sucesión, y para ello primero debe denunciar la sucesión del de cujus. Una vez reconocidos los herederos y nombrado el albacea, éste podrá demandar el otorgamiento y firma de escrituras, y los herederos reconocidos y que viven en USA ceder sus derechos en favor de los demás herederos, pero nunca repudiar. (Término antijurídico común entre coyotes)
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