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AutorRespuesta No: 340814
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Fecha de respuesta: Miércoles 19 de Febrero de 2014 15:53 2014-02-19 15:53 desde IP: 187.199.254.141
Buen día. La factura judicial, no es otra cosa que una determinación de un Juez en la cual una deudor no entregó la documentación del vehículo, y por ello, el Juez expide dicho documento público para hacer la entrega juridica del bien a la persona que se acredita como acreedor.
Lo que aquí debe imperar, es que en dicha factura, se debe aclarar que el vehículo es de procedencia extranjera, por lo tanto, el poseedor del vehículo no lo podrá exhibir en los trámites subsecuentes.
El hecho de que este inscrita en el repuve, le da la certeza de que el vehículo cruzó debidamente la frontera con los documentos idóneos, pero al no tenerlos, le será siempre un fastidio para cualquier trámite.
Espero le haya salido muy barata ya que al hacer trámites, siempre tendrá esos problemas.
Saludos cordiales.
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