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  • Consulta : 222182
  • Autor : bfyp
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  • bfyp
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Buen día. Su contrato acaba de perfeccionarse por haberlo presentado ante una autoridad que tuvo conocmiento de un hecho que finalmente no prosperó. Lo único que tiene que hacer es terminar de pagar y exhigir el otorgamiento de escritura correspondiente. Si su papa ya no quiere recibir el dinero lo tiene que depositar en la Direccción General de Consignaciones Civiles a fin de que se libere de la obligación. Una vez que haya terminadao de pagar se le inicia el juicio que le comenté para que tenga un documento legal del inmueble que ya adquirió. No lo pueden dejar sin casa o sin el dinero que ya entegró, pues deberá responderle por el contrato que le firmó que aunque haya sido firmado en forma privada, no le resta valor para que lo sujete a los términos y condiciones que imperan para una compraventa.

    Le menciono algo mas importante: La compraventa es perfecta y obligatoria para las partes, cuando han convenido sobre la cosa (inmueble) y su precio, aunque la primera no haya sido entregada ni el segundo satisfecho.

    Por lo anterior, le comento que no perderá su propiedad si continúa pagando y realizando los trámites y juicios que le indico.

    Cualquier información adicional, quedo a sus ordenes.

    BFyP