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  • Consulta : 222144
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 340721

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Seguramente el laudo le fue desfavorable, porque con las pruebas que ofreció y desahogó no demostró haber sufrido la agresión física que refiere de parte de la administradora, por lo que no acreditó los elementos de la acción de rescisión de la relación laboral sin responsabilidad para usted, que seguramente constituyó la acción principal deducida en el juicio.

    Respecto a su baja en el seguro social, no es causa para que hubiera podido demandar la rescisión del contrato, ni tampoco demuestra que hubiera sido agredida.

    A partir deltercer día al que hayan notificado el laudo, el abogado cuenta con quince días hábiles para interponer la demanda de Amparo Directo, en la que deberá señalar los conceptos de violación de sus garantías constitucionales y/o derechos humanos que hayan sido violados por la autoridad laboral; en dicho juicio de amparo, ya no puede ofrecer pruebas, pues lo que se analiza, es la legalidad y contitucionalidad de la actuación de la Junta Especial que conoció del juicio.