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  • Consulta : 221477
  • Autor : Lic. Manuel Vega
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  • Autor
    Respuesta No: 339990

  • Lic. Manuel Vega
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si su cliente perdió el juicio (y la posibilidad de obtener la protección de la Justicia Federal), por la impericia de Usted, lo que debe hacer es indemnizarlo de los daños y perjuicios causados; ya no hablemos de estar ostentandose ante su cliente o ante el Tribunal como abogado sin serlo.

     

    Si el plazo venció, venció.